El Ayuntamiento de Lora del Río - a través de un bando firmado por el alcalde loreño Francisco Javier Reinoso- ha informado que ante la proximidad de las fiestas navideñas, y dado que se produce un aumento en la venta y uso de objetos pirotécnicos (petardos, bengalas, tracas, etc.), se informa que conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Explosivos aprobado por Real Decreto 230/1998, de 16 de febrero, y la Instrucción Técnica complementaria nº 19 que lo desarrolla (B.O.E nº 61, de 12 de marzo de 1998)- es obligatoria la autorización gubernativa para la venta de estos artificios pirotécnicos.
El objetivo de este bando municipal es evitar los riesgos tanto físicos como auditivos para los usuarios de estos artefactos pirotécnicos, especialmente los niños.
En este sentido, el bando municipal señala que está absolutamente prohibida la venta en comercios, kioscos y otros establecimientos de Lora del Río, de piedras detonantes y en general, cualquier objeto para uso infantil que presente sustancias explosivas o detonantes susceptibles de contacto directo y de cuya composición forme parte el fósforo blanco, así como las que contengan colores vivos o sabor dulce, que puedan resultar atractivas a los niños, en cumplimiento de la normativa vigente.
Así, la Policía Local de Lora del Río velará por la más rigurosa relevancia de lo dispuesto en la normativa vigente en relación a esta materia, denunciando ante la Subdelegación del Gobierno las infracciones que al respecto se cometan, así como decomisando estos artefactos explosivos. La legislación prevé sanciones de hasta 30.000 euros para aquellos comerciantes que infrinjan la normativa.
Por otra parte, el Ayuntamiento de Lora del Río ha promulgado otro bando municipal sobre las denominadas fiestas de Navidad. Ante la proximidad de las fiestas navideñas y con el objeto de coordinar y realizar una gestión eficiente de las autorizaciones de fiestas celebradas por los jóvenes loreños, donde la continúa dinámica de las relaciones y costumbres, no siempre se acomoda a las necesidades de descanso de otros sectores de la población.
De esta manera, con el fin de garantizar la convivencia y la paz social, compatibilizando las legítimas actividades de ocio con el necesario respecto a los derechos de todos los vecinos, la Alcaldía requerirá para conceder autorización la siguiente documentación: solicitud por escrito ante el Ayuntamiento de Lora del Río, adjunto fotocopia de DNI de la persona o personas responsables; autorización por escrito de los vecinos colindantes, donde se vaya a celebrar dicha fiesta, así como identificación del propietario, determinación del aforo máximo, y acreditación de la modalidad de cesión o arrendamiento de dicho local o vivienda; y contratación de seguro de responsabilidad civil, durante la vigencia de las fiestas navideñas.
Ante esta situación, la celebración de una fiesta de Navidad que carezca de la preceptiva autorización, conllevará la correspondiente sanción administrativa que legalmente corresponda, con independencia del cierre de la misma.
